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¿Por qué si tengo un adeudo en buró me solicitan los comprobantes de pago en original?

Toda solicitud de registro cuyo reporte contenga cuentas con claves 96 y 97 (cuenta con deuda parcial o total sin recuperar), cuando en el rubro de "Detalle de Créditos" o "Histórico de Pagos" existan dos o más saldos vencidos el interesado deberá exhibir:

1. Los convenios originales celebrados entre el acreditado y el otorgante del crédito en los que conste el acuerdo de quita o condonación total o parcial del principal o de los intereses.

2. Cartas de no adeudo o finiquito y comprobantes de pago relacionados con los números de cuenta del reporte que acrediten el entero de los montos adeudados.

3. Formato de reconocimiento de adeudo suscrito por el representante de la institución en la que labora o pretenda contratar sus servicios.